Aviso
ADMISIÓN FUERA DE PLAZO
Una vez finalizado el proceso de llamamiento en Admisión Grados en la UPCT, se habilita un plazo de solicitud de admisión fuera de plazo en las siguientes titulaciones en las que han quedado plazas vacantes
El plazo finaliza a las 14h local del 31 de julio de 2026 y la solicitud se realizará a través del trámite habilitado en sede electrónica de esta Universidad.
https://sede.upct.es/tramites/AC0018
La solicitud deberá ir acompañada del documento identificativo del solicitante, así como de la acreditación oficial de cumplimiento de requisitos de acceso al sistema universitario español, conforme a la normativa. Se requiere nivel de español B2 para estudiantes cuya lengua nativa no sea el castellano (se exceptúan estudiantes que hayan realizado el bachiller/PAU/CFGS en sistema educativo español)
En los primeros días de septiembre se dispondrá de información actualizada de la disponibilidad de plazas. Igualmente, si fuera el caso, se gestionarán las listas de espera.
CONSULTAS : admision.grado@upct.es
En la Región de Murcia, el proceso de admisión en Estudios de Grado de las Universidades Públicas (Universidad Politécnica de Cartagena y Universidad de Murcia, en colaboración con la Direccion General de Universidades e Investigación de la CARM) se realiza dentro de lo que se conoce como el Distrito Único de la Región de Murcia (DURM). Esto permite que los estudiantes que quieran cursar sus estudios en la región solo tengan que seguir un proceso de admisión, pudiendo elegir entre carreras de cualquiera de las dos universidades públicas.
En Estudios de Grado encontrarás una tabla con todas nuestras titulaciones, las notas de corte que tuvieron el curso pasado y las plazas ofertadas. Haciendo click sobre el nombre de la titulación, podrás acceder a la web de cada grado, donde encontrarás toda la información sobre las asignaturas, los calendarios o las salidas profesionales de las titulaciones.
Para cualquier duda o consulta puedes dirigirte a nuestro correo electrónico admision.grado@upct.es.
Según el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el marco de la solicitud presentada y su tramitación y resolución posterior, la UPCT procederá a consultar la siguiente información que ya obra en poder de las Administraciones Públicas:
El solicitante podrá oponerse a este tratamiento de datos personales incluyendo justificación motivada mediante el ejercicio del derecho de oposición reconocido por la normativa de protección de datos personales tal y como se indica en la cláusula relativa a la protección de datos personales incluida en esta solicitud. En caso de ejercer este derecho, junto a la oposición motivada, deberá aportarse necesariamente la información a cuya consulta se opone el solicitante ya que, en caso contrario, no se podrá estimar su solicitud. Adicionalmente, en este caso, la UPCT quedará facultada, en el ejercicio de sus competencias de acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a realizar las verificaciones que resulten necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados por el ciudadano y que obren en poder de las Administraciones Públicas.